Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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“MODIFICA MONTO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA”

Acuerdo No. 51 , Aprobado el 14 de noviembre de 1988

Publicado en La Gaceta No. 35 del 17 de febrero de 1989


El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas, en el Arto. 3 del Decreto No. 1554 publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 5 del 7 de Enero de 1985.

Acuerda:

Primero : Modificar el monto de la dedución personal de la Renta Neta, hasta por la cantidad C$ 795,000.00 (Setecientos Noventa y Cinco Mil Córdobas Netos), para todas las personas naturales residentes en el país, a que se refiere el Arto. 20 de la Ley del impuesto sobre la Renta (I.R.).

Segundo : Modificar a C$ 795,000.00 (Setecientos Noventa y Cinco Mil Córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo I del Arto. 26, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en cuanto a la obligación que tienen las personas naturales, cuya renta bruta exceda de C$ 795,000.00 (Setecientos Noventa y Cinco Mil Córdobas Netos), a presentar cleclaración de sus rentas obtenidas durante el año gravable.

Tercero : Los montos modificados mediante el presente Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal 1988-1989.

Dado en la Ciudad de Managua, a los catorce días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y ocho. - Silvio Vargas Guzmán , Vice-Ministro de Finanzas.

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