Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL TUMA-LA DALIA (ADESTUDA)

DECRETO A.N. N°. 4349, aprobado el 22 de septiembre de 2005

Publicado en La Gaceta, Diario oficial N°. 234 del 02 de diciembre de 2005

DECRETO A.N. No. 4349

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL TUMA-LA DALIA (ADESTUDA); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Matagalpa.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL TUMA-LA DALIA (ADESTUDA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas, sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil cinco. RENE NUÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional MARIA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiséis de octubre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
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