Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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EXENCIÓN DE IMPUESTO SOBRE LA SIEMBRA DE ALGODÓN

Aprobado el 4 de Octubre de 1904

Publicado en La Gaceta No. 2355 del 27 de Octubre de 1904

LA ASAMBLEA NACIONAL LEGISLATIVA,

DECRETA:

Art. 1.- Durante seis años no tendrá impuesto de ninguna clase la siembra del algodón ni la exportación de su producto.

Art. 2.- Queda derogada toda disposición que se oponga á la presente.

Dado en el Salón de Sesiones. Managua, 4 de Octubre de 1904.- SEBASTIAN SALINAS, D. P.- TELÉMACO LÓPEZ, D. S.- ADOLFO VIVAS, D. S.

Publíquese.- Masaya, 15 de Octubre de 1904.- J. S. ZELAYA.- Al señor Ministro de Hacienda. Por la ley.- Managua.- FÉLIX ROMERO.
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