Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL GOBIERNO DE LA INDIA, ACUERDO DE LÍNEA DE CRÉDITO)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 105-2013, Aprobado el 3 de Junio del 2013

Publicado en La Gaceta No. 107 del 11 de Junio del 2013

El Presidente de la República de Nicaragua

Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Gobierno de la India, Acuerdo de Línea de Crédito por un monto de Diez Millones de Dólares (US$10,000,000.00), para financiar “proyectos de transmisión eléctrica: Nueva Subestación en San Juan del Sur y Subestación del Aeropuerto”, en el marco del financiamiento del Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER). Ejecución a cargo de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la suscripción del Acuerdo de la Línea de Crédito, referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Gobierno de la India.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día tres de junio del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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