(SE ASIGNA EL SUELDO QUE DEVENGARÁN LOS JEFES OFICIALES Y SOLDADOS, EN ACTUAL CAMPAÑA)
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 18 de septiembre de 1897
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 339 del 22 septiembre de 1897
El Presidente del Estado
Decreta:
1º.- Durante la situación anormal provocada por los revolucionarios de Oriente, los Jefes y Oficiales devengarán un peso diario, y los clases y soldados, cincuenta centavos.
2º.- Restablecido el orden, se practicará la liquidación correspondiente, conforme la tarifa vigente.
3º.- El presente decreto empezará á regir desde el 20 de los corrientes.
Dado en Managua, á 18 de Septiembre de 1897 - J. S. Zelaya - El Ministro de la Guerra.- Erasmo Calderón.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.