Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA 16 DE JUNIO R.L (COOPROA R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 004-2021-PJ-RCCN-MEFCCA, aprobada el 07 de junio de 2023

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 136 del 28 de julio de 2023

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Regional de la RACCN del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 32 se encuentra la Resolución No. 004-2021-PJ-RCCN-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 004-2021-PJ-RCCN-MEFCCA, Región Autónoma Costa Caribe Norte, diecisiete de Mayo del año dos mil veintiuno, las cuatro de la madrugada, en fecha trece de Junio del año dos mil dieciocho, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA 16 DE JUNIO R.L(COOPROA R.L) con domicilio social en el Municipio de Waspán, de la Región Autónoma Costa Caribe Norte. Se constituye a las dos de la madrugada del día veinte de Febrero del año dos mil diecisiete. Se inicia con veintiocho (28) asociados, trece (13) hombres, quince (15) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 12,300 (doce mil trescientos córdobas netos) y un capital pagado de C$ 2,757 (dos mil setecientos cincuenta y siete córdobas netos). Esta delegación regional, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA 16 DE JUNIO R.L(COOPROA R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Kedin Mcdonal Pantin Benjamín; Vicepresidente (a): Domingo Maybeth Pedro; Secretario (a): David Leonel Stony Reyes; Tesorero (a): Ruth Bell Manzanares; Vocal: Milton Joseangel Lopez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Ali Waters Garth, Delegado Regional. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los siete días del mes de Junio del año dos mil veintitrés. (f) Arlen Chávez Argüello, Directora de Legalización y Registro.
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