Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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PERSONALIDAD JURÍDICA A LA "ASOCIACIÓN PRO-RECREACIÓN, EDUCACIÓN Y ORIENTACIÓN JUVENIL (APROROJ")

DECRETO A.N. N°. 239, aprobado el 05 de abril de 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 76 del 19 de abril de 1990

Decreto A.N. N°. 239

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que.

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto:

Arto. 1. — Otórgase Personalidad Jurídica a la "Asociación Pro-Recreación, Educación y Orientación Juvenil (APROROJ)", Asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Condega, Estelí.

Arto. 2. La Representación Legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.

Arto. 3- — Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.

Arto. 4. — El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los tres días del mes de Abril de mil novecientos noventa, "Año de la Paz y la Reconstrucción". — Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. — Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto, publíquese y ejecútese. — Managua, cinco de Abril de mil novecientos noventa, "Año de la Paz y la Reconstrucción”. —Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.
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