Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

SE MANDA A CONSTRUIR UNA LÍNEA TELEFÓNICA ENTRE GRANADA Y RIVAS

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 14 de marzo 1895

Publicado en La Gaceta, Diario de Nicaragua N°. 115 del 17 de marzo de 1895

La Asamblea Nacional Legislativa

Decreta:

Único.- El Gobierno hará construir la línea telefónica de Granada á la ciudad de Rivas, tan pronto como le sea posible.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Legislativa- Managua, 14 de Marzo de 1895.- Francisco Montenegro, Presidente.- Francisco X. Ramírez, Secretario.- Luis E. López, Secretario.- Ejecútese- Palacio Nacional- Managua, 14 de Marzo de 1895.- J. S. Zelaya.- El Ministro General.- F. Baca, h.

Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1003, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Telecomunicaciones y Servicios Postales, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 242 del 18 de diciembre de 2019”
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