Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
Abrir Gaceta
-
(DÉJASE SIN EFECTO EL ACUERDO EJECUTIVO N°. 3, SOBRE CONVENIO INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES)

ACUERDO EJECUTIVO N°. 4, aprobado el 25 de mayo de 1957

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 152 del 09 de julio de 1957

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

ACUERDA:

ÚNICO: Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 3 de esta misma fecha por el cual se le adhiere al Convenio Internacional de Telecomunicaciones del 22 de Diciembre de 1952.
Comuníquese.- Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veinticinco de mayo de mil novecientos cincuenta y siete.- LUIS A. SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ALEJANDRO MONTIEL ARGÜELLO.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamin Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier Diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.