Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir, Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(APROBAR LA CONVENCIÓN PARA UNIFICAR LAS LEYES PROTECTORAS DE OBREROS Y TRABAJADORES)

DECRETO NÚMERO 5, Aprobado el 15 de Marzo de 1923

Publicado en la Gaceta No. 98, 99 y 100 del 4, 5 y 7 de Mayo de 1923

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Único:- Aprobar la Convención para Unificar las Leyes Protectoras de Obreros y Trabajadores, celebrada en la ciudad de Washington, Estados Unidos de Norte América, el siete de febrero de mil novecientos veintitrés, entre las Repúblicas de Centro América, a saber: Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, 12 de marzo de 1923.- (f) EDUARDO CASTILLO C., D. P.- (f) PEDRO P. PÉREZ GALLO, D. S.- (f) LUCIANO GARCÍA, D. S.

Al poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, 14 de marzo de 1923.- (f) J. DEMETRIO CUADRA, S. P.- (f) SEBASTIÁN URIZA, S. S.- (f) J. L. SALAZAR, S. S.

Por Tanto: Ejecútese.- Palacio del Ejecutivo.- Managua, 15 de Marzo de 1923.- (f) DIEGO M. CHAMORRO.- El Ministro de Instrucción Pública, Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, (f) JUAN J. RUIZ.
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