DE APROBACIÓN DEL ACUERDO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL
DECRETO A.N. No. 4775, Aprobado el 03 de Agosto del 2006
Publicado en La Gaceta No. 168 del 29 de Agosto del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día treinta y uno de enero del año dos mil seis fue suscrito en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, el ACUERDO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL
II
Que el objetivo principal del Acuerdo es promover la Cooperación Técnica en las áreas consideradas prioritarias por las Partes Contratantes, las cuales serán oportunamente determinadas.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL ACUERDO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL
Artículo 1.- Apruébase el Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Federativa del Brasil, suscrito el treinta y uno de enero del dos mil seis, en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, entrará en vigencia interna e internacionalmente, después del intercambio de instrumentos de ratificación, tal como establece el Acuerdo.
Dado en la Ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los tres días del mes de agosto del año dos mil seis. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente por la Ley Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintidós de agosto del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.