Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Categoría normativa: Instrumentos Internacionales
Abrir Gaceta
-
CONVENIO PARA SUPRESIÓN DE VISAS ENTRE NICARAGUA Y SUECIA

Publicado en la Gaceta No. 132 del 13 de Junio de 1968

SECRETARIA GENERAL SECCIÓN DIPLOMÁTICA

MS. No. 002

Managua, D. N., 5 de Febrero de 1968

Señor Embajador:

Tengo el honor de referirme a la apreciable comunicación de Vuestra Excelencia del 28 de Septiembre de 1967, a la respuesta de esta Cancillería No. 019 del 10 de Octubre y al aviso de recibo del 20 de Noviembre, sobre las negociaciones que se llevan a cabo para la supresión de visas para los nacionales de nuestros dos países que deseen viajar en calidad de visitantes temporales.

Me informa Vuestra Excelencia, que su país ha suprimido el visado para los ciudadanos nicaragüenses que viajen a Suecia por un término de tres meses, En respuesta me es grato comunicar a Vuestra Excelencia, que mi Gobierno acepta, en virtud del principio de reciprocidad, la supresión de las visas para los ciudadanos suecos que deseen viajar a Nicaragua como visitantes temporales, bajo las siguientes cláusulas:
Si el Gobierno de Vuestra Excelencia estuviera de acuerdo con las cláusulas que se dejan transcritas, la presenté nota y la contestación favorable de Vuestra Excelencia determinará la celebración de un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos.

Válgome complacido la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración, Lorenzo Guerrero, Ministro de Relaciones Exteriores.


Excelentísimo Señor Doctor
B. Arne Bjornberg,
Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de Suecia.
Ciudad de Guatemala.

Real Embajada de Suecia
Managua, p. t. Guatemala,
24 de Abril de 1968.

Señor Ministro:

Por este medio tengo el honor de referirme a Vuestra atenta nota de fecha 5 de Febrero de 1968 (MS. No. 002), cuyo contenido versa sobre la supresión de visas para los ciudadanos de nuestros respectivos países.

A este respecto, me es altamente grato hacer del conocimiento de Vuestra Excelencia que el Gobierno de Suecia, con el propósito de favorecer las relaciones entre Nicaragua y Suecia, está dispuesto a celebrar con el Ilustre Gobierno de Nicaragua un Acuerdo relativo a la supresión de visas, basado en las siguientes disposiciones:

Encontrándose ambas partes de acuerdo con los puntos que preceden, la presente nota y la que el Honorable Ministerio e Relaciones Exteriores, bajo su digno cargo, enviara el 5 de Febrero próximo pasado, constituyen la celebración del Acuerdo entro ambos países.

Aprovecho esta oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más, alta y distinguida consideración, Arne Bjornberg, Embajador de Suecia. Excelentísimo Señor Doctor don Lorenzo Guerrero Gutiérrez, Ministro de Relaciones Exteriores, Managua, D. N., Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.