Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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AUMENTO DE TARIFAS EN ORO PARA EUROPA

No 2-C, Aprobado el 26 de Enero 1960

Publicado en La Gaceta No 38 del 16 de Febrero de 1960

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

ACUERDA:

1.- Aprobar el aumento de las Tarifas Tetegraficas de la Tropical Radio Telegraph Company, de esta ciudad, para los países de Europa, las que sufriran un pequeño aumento aproximadamente de un centavo oro por cada palabra, con excepción de Hungría que aumentará cuatro centavos, en vista de un reciente cambio de dichas tarifas por las Compañías terminales y de tránsito en conexión, así:

Actuales Nuevas
Tarifas Tarifas

Austria:

Tarifa Ordinaria .72 .73
Tarifa Gobierno
de Nicaragua .48 . 40 ½

Bélgica:

Tarifa Ordinaria . 64 . 65
Tarifa Gobierno
de Nicaragua . 30 ½ . 31

Hungría:

Tarifa Ordinaria . 74 . 79
Tarifa Gobierno
de Nicaragua . 50 ½ . 56

Italia:

Tarifa Ordinaria . 68 . 69
Tarifa Gobierno
de Nicaragua . 32 ½ . 33½

Luxemburgo

Tarifa Ordinaria . 68 . 69
Tarifa Gobierno
de Nicaragua . 44 . 45 ½


Holanda:

Tarifa Ordinaria . 66 .68
Tarifa Gobierno
de Nicaragua . 44 . 44

Suiza:

Tarifa Ordinaria . 68 . 69
Tarifa Gobierno
de Nicaragua . 44 . 45½

2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del Febrero del corriente año de 1960

Comuníquese, Casa Presidencial, Managua, D.N, 26 de Enero de 1960.- (f) SOMOZA D.- El Ministro de la Guerra, Marina y Aviación. (f) ALF. MEJIA CHAMORRO, Coronel G.N.
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