APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN A LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE TRÁFICO INTERNACIONAL DE MENORES
DECRETO A.N. No. 4345, Aprobado el 07 de Julio del 2005
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 159 del 17 de Agosto del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 18 de marzo del año 1994, fue hecho en la ciudad de México, D.F., Estados Unidos Mexicanos, la Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores.
II
La presente Convención tiene como objeto principal, con miras a la protección de los derechos fundamentales y el interés superior del menor, la prevención y sanción del tráfico internacional de menores; y la regulación de los aspectos civiles y penales del mismo.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN A LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE TRÁFICO INTERNACIONAL DE MENORES
Artículo 1.- Apruébase la Adhesión a la Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores, la que fue hecha en la ciudad de México, D.F., Estados Unidos Mexicanos, el 18 de marzo de 1994.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los siete días del mes de julio del año dos mil cinco. RENE NUÑEZ TELLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. – MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veinte de julio del año dos mil cinco. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.