Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(REAJUSTAR EL ACTUAL SALARIO MÍNIMO EN EL SECTOR AGROPECUARIO EN UN TRECE POR CIENTO (13%) A PARTIR DEL DÍA QUINCE DE MAYO DEL DOS MIL NUEVE)

ACUERDO MINISTERIAL JCHG 010/05/09, Aprobado el 15 de Mayo del 2009

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 123 del 2 de Julio del 2009


La Ministra del Trabajo de la República de Nicaragua , en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “ Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, publicada en la Gaceta, Diario Oficial, No. 102 del tres de junio del mil novecientos noventa y ocho, el Decreto No. 25-2006 “ Reformas e Incorporaciones al Reglamento a la Ley No. 290” publicado en la Gaceta Diario Oficial Nos. 91 y 92 del once y doce de mayo del dos mil seis, la Ley No. 185” Código del Trabajo” y demás facultades que la ley confiere.

CONSIDERANDO

I


Que producto de la crisis económica y financiera que afecta a todos los sectores de la economía nacional, en la cual se ha reducido drásticamente las exportaciones a nivel mundial, por la que los actores vínculos en la relación laboral de la producción agrícola con la responsabilidad que corresponde, deben emprende acciones que permitan preservar el empleo en dicho sector y la sostenibilidad de las empresas agropecuarias y agroindustriales, así como mejorar las relaciones laborales que permitan la estabilidad y protección conservando las condiciones de trabajo establecidas en la ley.

II

Que de igual manera es un imperativo sostener e incrementar la producción agrícola a fin de garantizar la seguridad alimentaria que necesita la población nicaragüense, así como promover las exportaciones en este rubro tan importante para la economía nicaragüense.

III

Que conforme acuerdo suscrito el trece de mayo del año dos mil nueve, por los representantes de los trabajadores y empleadores del sector agrícola, se acordó presentar la propuesta de incremento del salario mínimo de todos los trabajadores del Sector Agrícola a nivel nacional en un trece por ciento.

IV

Que tomando en consideración que la crisis económica mundial ha obligado al Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional a tomar medidas especiales recogidas en el “Programa de Defensa de la Producción, el Crecimiento y el Empleo” que tiene como uno de sus propósitos fundamentales la defensa del empleo garantizando los derechos laborales de los trabajadores tendientes al periodo especial que atraviesa el país como consecuencia de la crisis económica mundial.

V

Que es política del Ministerio del Trabajo promover la paz laboral y el equilibrio de las relaciones entre los factores de producción, por lo que una de sus principales responsabilidades recae precisamente en vigilar el desarrollo, mejoramiento y aplicación de todas las leyes, decretos y acuerdos referentes a estas materias, principalmente las que tengan por objetivo fijar y armonizar las relaciones entre empleadores y trabajadores.

POR TANTO

Con base y fundamento en las normas, disposiciones y consideraciones antes expresadas:

RESUELVE

Primero: Reajustar el actual salario mínimo en el sector Agropecuario en un trece por ciento (13%) a partir del día Quince de mayo del dos mil nueve.

Segundo: El alimento de las personas trabajadoras del sector agropecuario está regulado en el Acuerdo Ministerial No. 015-11-08 Normativa relativa a la alimentación de los trabajadores del campo, emitido por el Ministerio del Trabajo el treinta de noviembre del año dos mil ocho.

Tercero: En los casos que el salario sea estipulado en base a normas de producción o rendimiento, las unidades de medida deberán mantenerse sin ninguna alteración, en consecuencia deberá revalorizarse cada operación como efecto de incremento en el salario mínimo.

Cuarto: El nuevo salario aquí señalado es sin perjuicio de lo que en su oportunidad fije la Comisión Nacional de Salario Mínimo dado que ninguna persona trabajadora debe devengar un salario por debajo del salario mínimo del sector económico en que se encuentra laborando.

Dado en la ciudad de Managua, el quince de mayo del dos mil nuevo, Jeannette Chávez Gómez Ministra.

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