Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-
APROBACION DE LA CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE EL DERECHO DEL MAR Y SUS ANEXOS

DECRETO A.N. No. 2374, Aprobada el 16 de Octubre de 1999

Publicada en La Gaceta No.204 del 26 de Octubre de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se inició en Nueva York, Estados Unidos en Diciembre de 1973 y finalizó el 10 de Diciembre de 1982, habiéndose abierto a la firma la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

II

Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar entró en vigor el 16 de Noviembre de 1994 y que el Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de Diciembre de 1982 con fecha 17 de Agosto de 1994 garantiza la participación Universal de la Convención.

III

Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con el debido respeto de la soberanía de todos los Estados, establece un orden para los mares y océanos que facilite la comunicación internacional y promueva los usos con fines pacíficos de los mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protección y preservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos.

En uso de sus facultades;


HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

DE APROBACION DE LA CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE EL DERECHO DEL MAR Y SUS ANEXOS

Artículo 1.- Apruébese la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y sus Anexos del 10 de Diciembre de 1982, suscrito por Nicaragua el 9 de Diciembre de 1984.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y nueve. IVAN ESCOBAR FORNOS. Presidente de la Asamblea Nacional. VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE. Secretario de la Asamblea Nacional .

Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.