Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Salud
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES A LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)

DECRETO LEGISLATIVO N°. 4337, aprobado el 23 de junio de 2005

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 136 del 14 de julio de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el día 16 de mayo de 1998, durante la Décima Sesión Plenaria de la 51° Asamblea Mundial de la Salud, fue adoptada la Resolución Número WHA51.23 que modifica los artículos 24 y 25 de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
II

Que dicho instrumento internacional modifica los artículos 24 y 25 de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), ampliando mediante el mismo, el número de personas que conforman el Consejo Ejecutivo de dicha Organización, de 32 a 34 miembros y que a la República de Nicaragua, que es Estado Miembro de dicha organización, desde el 24 de abril de 1950, le corresponde la aprobación de dichas modificaciones.

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

DE APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES A LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)

Artículo 1.- Apruébase la Resolución Número WHA51.23 que modifica los artículos 24 y 25 de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptada el 16 de mayo de 1998, durante la Décima Sesión Plenaria de la 51° Asamblea Mundial de la Salud.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial y del depósito del instrumento oficial de Aprobación en la Secretaría General de las Naciones Unidas.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los vientres días del mes de junio del año dos mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintinueve de junio del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
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