Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO POR EL QUE SE ERIJEN EN PUEBLOS ALGUNOS VALLES DEL DEPARTAMENTO DE CHINANDEGA: SAN PEDRO DEL POTRERO GRANDE, SANTO TOMÁS DE NANCE Y SAN FRANCISCO DEL CUAJINIQUILAPA

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 07 de marzo de 1889

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 45 del 12 de junio de 1889

El Presidente de la República,

á sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado y Cámara de Diputados, de la República de Nicaragua,

Decretan:

Art. 1° - Decláranse pueblos los valles de Potrero Grande, de Nance y Cuajiniquilapa del departamento de Chinandega, y se denominarán “San Pedro de Potrero Grande,” “Santo Tomás de Nance” y San Francisco de Cuajiniquilapa.”

Art. 2° - Los límites jurisdiccionales de cada uno de esos pueblos, serán señalados por el Prefecto del departamento de Chinandega, quien comprenderá en ellos los otros valles y caseríos que se hallen respectivamente más próximos.

Art. 3° - El Gobierno mandará establecer, en cada uno de estos tres pueblos, las autoridades locales correspondientes y una escuela primaria de ambos sexos.

Art. 4° - Para las primeras elecciones que allí se deben practicar, se tendrán como ciudadanos los que se encuentren en el catálogo, calificados como tales, en el cantón á que antes correspondían.

Art. 5° - Cada uno de estos puestos elegirá, en la época legal, un elector para AA, SS. y catorce para AA. LL.

Art. 6° - El pueblo de Somotillo, elegirá tres electores de AA. SS. y el de Villa-Nueva, elegirá dos electores, quedando así reformada la ley electoral.

Dado en el Salón de sesiones de la Cámara de Diputados - Managua, 22 de marzo de 1889 - Alejandro Argüello, D. P. - Buenaventura Rappaccioli, D. S. - Juan Salinas, D. S.

Al Poder Ejecutivo:- Salón de sesiones del Senado - Managua, 7 de marzo de 1889 - Fernando Guzmán, S. P. - Eleodoro Rivas, S. S. - Santana Romero, S. S.

Por tanto: - Ejecútese.-Managua, 9 de abril de 1889. - E. Carazo. - el Ministro de la Gobernación.- David Osorno.
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