Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FEDERACIÓN RED NICARAGÜENSE POR LA DEMOCRACIA Y EL DESARROLLO LOCAL (RED LOCAL)]

DECRETO A.N. N°. 4824, aprobado el 28 de septiembre de 2006

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 229 del 24 de noviembre de 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FEDERACIÓN RED NICARAGÜENSE POR LA DEMOCRACIA Y EL DESARROLLO LOCAL, (RED LOCAL); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2. La representación legal de esta Federación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La FEDERACIÓN RED NICARAGÜENSE POR LA DEMOCRACIA Y EL DESARROLLO LOCAL, (RED LOCAL); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiocho días del mes de Septiembre del año dos mil seis. RENE NUÑEZ TÉLLEZ, Presidente por la Ley, Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto. Publíquese y Ejecútese. Managua, ocho de noviembre de dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.
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