DECRETO POR EL CUAL NICARAGUA SE ADHIERE Á LA CONVENCIÓN POSTAL DE 4 DE JULIO DE 1891
ACUERDO PRESIDENCIAL, aprobado el 20 de diciembre de 1894
Publicado en La Gaceta, Diario de Nicaragua N°. 46 del 23 de diciembre de 1894
Con fecha de ayer se expidió el decreto que dice:
El Presidente de la República con presencia de la Convención Postal Universal, el Protocolo final y el Reglamento de detalle y orden, firmados en Viena el 4 de Julio de 1891 por los Plenipotenciarios de los Estados que celebraron la Convención diplomática sobre Unión Postal Universal, el 1° de Junio de 1878,
Acuerda:
1°—Nicaragua se adhiere á dicha Convención Postal Universal, al Protocolo final y al Reglamento de detalle y orden, los cuales, desde el 1° de Enero del año próximo, regirán como leyes de la República.
2°—El Ministerio de Relaciones Exteriores queda encargado de llenar los requisitos del artículo XXIV de la Convención.
3°—Dése cuenta del presente acuerdo al Poder Legislativo en su próxima reunión.
Comuníquese—Managua, 20 de Diciembre de 1894—J. S. Zelaya—El Ministro General—F. Baca, h.