Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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SE APRUEBA EL TRATADO DE INTERCAMBIO PREFERENCIAL Y DE LIBRE COMERCIO, ENTRE LAS REPÚBLICAS DE PANAMÁ, COSTA RICA Y NICARAGUA
No. 6, Aprobado el 30 de Agosto de 1961

Publicado en La Gaceta No. 212 del 19 de Septiembre de 1961

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ACUERDA

PRIMERO: Aprobar el Tratado de Intercambio Preferencial y de Libre Comercio entre las Repúblicas de Panamá, Nicaragua y Costa Rica, suscrito por el Señor Ministro de Economía en representación de Nicaragua, en la Ciudad de Panamá, el día 2 de Agosto de 1961.

SEGUNDO: Someter dicho Tratado a la consideración del Soberano Congreso Nacional.

Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, treinta de Agosto de mil novecientos sesenta y uno. LUIS A. SOMOZA D. El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, René Schick.
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