Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN SIGLO XXI

DECRETO A.N. N°. 808, aprobado el 10 de mayo de 1994

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 123 del 01 de julio de 1994

DECRETO A. N. N°. 808

El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades;

Ha Dictado

El Siguiente

Decreto

Arto. 1.- Otórgase Personalidad jurídica a la Fundación Siglo XXI, Fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3.- La Fundación Siglo XXI, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República:

Arto. 4.- El presente Decreto estará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro. Reynaldo Antonio Téfel Vélez, Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley, Francisco Duarte Tapia, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y cuatro. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
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Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
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