Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(DEROGAR LA LEY DE 27 DE ENERO DE 1921, QUE MANDO A ADOPTAR EL SISTEMA DE FIERROS DE NUMERACIÓN PROGRESIVA PARA HERRAR GANADO Y EL REGLAMENTO DADO POR EL PODER EJECUTIVO EL 26 DE FEBRERO)

Decreto Núm. 8, Aprobado el 8 de febrero de 1922

Publicado en La Gaceta No. 55 del 8 de Marzo de 1922

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1º.- Derogar la ley de 27 de enero de 1921 que mandó adoptar el sistema de fierros de numeración progresiva para herrar ganados, y el Reglamento dado por el Poder Ejecutivo el 26 de febrero del mismo año para practicarlo.

Artículo 2º- Declarar sin ningún efecto el contrato celebrado por el Poder Ejecutivo el 12 de febrero citado, con el señor Alfredo Gallegos, sobre ventas de fierros.

Artículo 3º.-Esta Ley comenzará a regir desde su publicación.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, 4 de enero de 1922- José Jesús Mondragón. D. V. P.- Pedro P. Pérez Gallo, D. S.- Fernando Ig. Martínez, D. S.

Al Poder Ejecutivo- Cámara del Senado- Managua, 27 de enero de 1922- Sebastián Uriza, S. P.- Juan J. Ruiz, S. S.- M. J. Morales, S. S.
El Presidente de la República,

en uso de la facultad que le confiere el Artículo 95 Cn., en Consejo de Ministros y por las razones que por separado expone,
Acuerda:

Devolver al Honorable Congreso Nacional, sin el exequátur respectivo, el decreto que antecede.

Casa Presidencial- Managua, treinta de enero de mil novecientos veintidós- Diego M. Chamorro- El Ministro de la Gobernación, Policía, Justicia y Culto- Humberto Pasos Díaz- El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores- Mariano Zelaya B.- El subsecretario de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho- A. Fuentes h.- El Ministro de Fomento y Obras Públicas- Tomás Masís- El Ministro de la Guerra, Marina, Beneficencia y Gracia- N. Lacayo.

Ratificado constitucionalmente- Dado en el Salón de Sesiones del Congreso- Managua, 8 de febrero de 1922- Salvador Castrillo, S. P.- Juan J. Ruiz, S. S.- A. Medrano, D. Vice-Secretario.

Por tanto: Publíquese- Casa Presidencial- Managua, diez de febrero de mil novecientos veintidós- Diego M. Chamorro- El Ministro de Policía- Humberto Pasos Díaz.
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