Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZACIÓN AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA SUSCRIBIR CON EL (FIDA) CONVENIO DE PRÉSTAMO)

ACUERDO PRESIDENCIAL No.145-2003. Aprobado el 12 de Abril del 2003.

Publicado en la Gaceta No. 75 del 23 de Abril del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política.

ACUERDA:


Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), Convenio de Préstamo por un monto de Diez Millones Doscientos Cincuenta Mil Derechos Especiales de Giro (DEG 10,250,000), para financiar el Programa de Desarrollo Económico de la Región Seca de Nicaragua (PRODESEC).

Artículo 2.- La certificación de este Acuerdo servirá para acreditar su representación en la firma del Convenio relacionado en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola ( FIDA).

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el doce de Abril del año dos mil tres. - ENRIQUE BOLAÑOS GEYER .-Presidente de la República de Nicaragua.

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