Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(REFÓRMASE EL ARTO. 3º DEL ACUERDO Nº 32, DEL 20-8-1946, CREADOR DE LA COMISIÓN DE ABOGADOS)

No. 62. Aprobado el 28 de Abril de 1947

Publicado en La Gaceta No. 88 del 30 de Abril de 1947

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

ACUERDA:

Reformar el Art. 3º. Del Acuerdo No. 32, de 20 de Agosto de 1946, creador de la Comisión de Abogados, encargada de la revisión y compilación de leyes, el cual se leerá como sigue:

“Art. 3º.- La Comisión estará compuesta de seis miembros: Cuatro Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y dos abogados de reconocida competencia, y tendrá además un Mecanógrafo-Archivero.

Comuníquese.-Casa Presidencial—Managua, D. N., 28 de Abril de 1947.- SOMOZA.- El Ministro de la Justicia.- C. A. Morales.
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