Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Aduanas
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-
DE APROBACIÓN DEL TERCER PROTOCOLO AL CONVENIO SOBRE EL REGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO

DECRETO A.N. N°. 1535, del 12 de Septiembre de 1996

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 220 del 20 de noviembre de 1996

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus Facultades;

HA DICTADO

el siguiente:

DECRETO.

DE APROBACIÓN DEL TERCER PROTOCOLO AL CONVENIO SOBRE EL REGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO

Artículo 1.-Apruébase el Tercer Protocolo al Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano suscrito en la ciudad de San Pedro Sula, República de Honduras el día 12 de Diciembre de 1995, por los Ministros de Economía de Centroamérica.

Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los doce días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y seis. -ADOLFO JARQUIN ORTEL.- Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley JAIME BONILLA.- Secretario de la Asamblea Nacional.

POR TANTO:

Publíquese y Ejecútese. Managua, veintisiete de Septiembre de mil novecientos noventa y seis. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO . -Presidente de la República de Nicaragua
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.