Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: S/Definir

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DECRETO, CREANDO UN TERCER CONTADOR PARA LA GLOSA DE CUENTAS

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 22 de mayo de 1865

Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 27 del 03 de junio de 1865

El Capitán General Presidente de la República,

á sus habitantes:

Atendiendo á que la esperiencia ha demostrado no ser suficiente los dos Contadores que actualmente existen para glosar las cuentas, por ser muchas las antiguas, y por el retraso que han sufrido las corrientes con las revueltas públicas; en uso de sus facultades ordinarias y delegadas,

Decreta:

Art. 1º.- Críase un tercer Contador que tendrá las mismas facultades que la ley concede á los otros, y gozará del sueldo de sesenta pesos mensuales.

Art. 2º.- Se suprime la plaza de Secretario en la Contaduría y en su consecuencia, autorizará los autos de los Contadores, como tal, el oficial 1º. de la oficina.

Dado en León, á 22 de mayo de 1865. - Tomas Martínez. - El Secretario de Hacienda, Juan Francisco Aguilar.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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