Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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(MODIFICAR EL MONTO DE LA DEDUCCIÓN PERSONAL DE LA RENTA NETA)

ACUERDO MINISTERIAL No. 07. Aprobado el 22 de Mayo de 1990.

Publicado en La Gaceta No. 250 del 28 de Diciembre de 1990.


El Ministerio de Finanzas, en base a las facultades establecidas en el Arto. 3 del Decreto No. 1554, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 5 del 07 de Enero de 1985.

ACUERDA:

Primero: Modificar el monto de la Deducción Personal de la Renta Neta, hasta por la cantidad de C$ 181.834.634.00 (Ciento Ochenta y Un Millón Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y Cuatro Córdobas Netos), para todas las personas naturales residentes en el país a que se refiere el Arto. 20 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (I.R.).

Segundo: Modificar a C$ 181,834,634.00 (Ciento Ochenta y Un millón Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y Cuatro Córdobas Netos), el monto a que se refiere el párrafo 1o. del Arto. 26 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (I.R.), en cuanto a la obligación que tienen las personas naturales, cuya renta bruta exceda de C$ 181,834,634.00 (Ciento Ochenta y Un millón Ochocientos Treinta y Cuatro Mil Seiscientos Treinta y Cuatro Córdobas Netos), a presentar declaración de sus rentas obtenidas durante el año gravable.

Tercero: Los montos modificados mediante el presente Acuerdo Ministerial, serán aplicables para el período fiscal 1989/1990.

Dado en la ciudad de Managua a los veintidós días del mes de Mayo de mil novecientos noventa. LEONEL RODRÍGUEZ LÓPEZ. Ministro de Finanzas por la Ley.

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