Sin Vigencia
DECRETO LEJISLATIVO DE 29 DE MARZO DE 1865, FACULTANDO AL GOBIERNO PARA HACER VENIR A CONTRATAR UN CUÑO
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 28 de marzo de 1865
Código de la Legislación de la República de Nicaragua. De la Rocha, Jesús
Art. 1° El Gobierno hará venir a contratar con cualquiera compañía extranjera un cuño para moneda de oro i plata.Art. 2° La Lejislatura, en sus próximas sesiones, fijará la lei, tipo, peso, valor i denominación de la moneda que debe acuñar.NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.