Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-
Sin Vigencia

LEY Y DISPOSICIÓN UNIONISTA QUE MATERIALIZA EN LA "AVENIDA CENTROAMÉRICA", ENTRE JINOTEPE Y DIRIAMBA

DECRETO LEGISLATIVO N°. 873, aprobado el 03 de octubre de 1963

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 10 de octubre de 1963

EI PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto N°. 873

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.- La parte de carretera comprendida entre las ciudades de Diriamba y Jinotepe a partir del kilómetro 40 1/2, al 45 1/2, se designará con el nombre de "Avenida Centroamérica", para conmemorar la celebración del Segundo Congreso Centroamericano de Congresos que tendrá su sede en Nicaragua.

Artículo 2.- En dicha Avenida comenzando en el kilómetro 40 1/2, se erigirán monumentos a los próceres de los cinco países representativos de la nacionalidad Centroamericana y Panamá, debiendo rematar dicha Avenida con un monumento a la Unidad Centroamericana.

Artículo 3.- A fin de dar cumplimiento a estas disposiciones se crea una Junta integrada por dos Diputados y un Senador, designados por las juntas Directivas de las respectivas Cámaras; por el Ministro de Fomento y los respectivos Alcaldes de las ciudades de Diriamba y Jinotepe.

Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 12 de Septiembre de 1963. J. J. Morales Marenco, D. P.- Olga N. de Saballos, D. S. - J. A. Romero C., D.S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D, N., 3 de Octubre de 1963.- José Frixione, S. P- Pablo Rener, S. S.- Enrique Belli, S .S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N, siete de Octubre de mil novecientos sesenta y tres.- RENÉ SCHICK, Presidente de la República.- Lorenzo Guerrero, Ministro de la Gobernación.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamin Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier Diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.