Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada

(RECONOCER AL EXCELENTÍSIMO SEÑOR HAZEN HASSAN HANAFI HASSANEIN, EN EL CARGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA ÁRABE DE EGIPTO, ANTE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, EN CALIDAD DE RECURRENTE, CON SEDE EN REPÚBLICA DE PANAMÁ)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 242-2023, aprobado el 14 de diciembre de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 21 de diciembre de 2023

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 242-2023

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

Que habiendo recibido el Ministro de Relaciones Exteriores a las cuatro de la tarde del día trece de diciembre del año dos mil veintitrés, de las manos del Excelentísimo Señor Hazem Hassan Hanafi Hassanein, las Copias de Estilo de las Cartas Credenciales que lo acreditan en el carácter de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Árabe de Egipto, ante el Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de concurrente, con sede en República de Panamá, emitidas en la Ciudad de El Cairo, el día veintiséis de septiembre del año dos mil veintitrés, por el Excelentísimo Señor Abdel Fattah Al Sisi, Presidente de la República Árabe de Egipto.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere
la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Reconocer al Excelentísimo Señor Hazen Hassan Hanafi Hassanein, en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Árabe de Egipto, ante el Gobierno de la República de Nicaragua, en calidad de concurrente, con sede en República de Panamá.

Artículo 2. Ordenar a las Autoridades Civiles y Militares, guardar y hacer guardar las prerrogativas e inmunidades que a su jerarquía corresponden.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día catorce de diciembre del año dos mil veintitrés. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.