QUINTO PERÍODO CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO
DECRETO No. 796, Aprobado el 25 de Mayo de 1979
Publicado en La Gaceta No. 126 del 07 de Junio de 1979
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No. 796
EL CONGRESO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA EN CÁMARAS UNIDAS,
DECRETA:
Único: Tiénese por instalado el Congreso Nacional en las sesiones ordinarias correspondientes a su QUINTO PERÍODO CONSTITUCIONAL.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso en Cámaras Unidas. Managua, Distrito Nacional, veinticinco de mayo de mil novecientos setenta y nueve. - P. RENER, Senador Presidente.- ULISES FONSECA T., Diputado Secretario.- JUANA CAJINA DE PETERS, Senador Secretario.
Por Tanto: Públiquese. Managua, Distrito Nacional, veinticinco de mayo de mil novecientos setenta y nueve.- A. SOMOZA, Presidente de la República.- J. ANTONIO MORA R., Ministro de la Gobernación.