Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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RESOLUCIONES PARA DETERMINAR EL VALOR DE LOS SEMOVIENTES

ACUERDO MINISTERIAL No. 52-91. Aprobado el 11 de Septiembre de 1991

Publicado en La Gaceta No. 139 del 21 de Julio de 1992

El Ministro de Finanzas De la República de Nicaragua

En uso de sus facultades,

ACUERDA:

PRIMERO: Para determinar el valor promedio de mercado del ganado vacuno de carne y leche, se multiplicará el peso en pie del animal, estimado al cierre del ejercicio contable de que se trate, por el precio promedio por kilo de carne conforme el promedio neto de los 12 meses anteriores al respectivo 30 de Junio, de conformidad con la siguiente normativas:

1) RESPECTO AL PESO.

2) RESPECTO AL PRECIO.
SEGUNDO: Para determinar el valor promedio del mercado del ganado vacuno reproductor y de los ganados equinos y porcinos, cuando el giro del negocio sea la producción de estos animales, se tomará en cosideración el precio promedio de adquisición durante los meses anteriores al respectivo 30 de Junio, de acuerdo con las siguientes reglas:
TERCERO: Los animales domésticos como cerdo, cabras, etc., destinados a la alimentación de los dueños y personas de las fincas, no se valorarán en el activo. Si el negocio consistera en la producción comercial de esta clase de animales, se aplicará para su valoración las reglas del ordinal anterior.

CUARTO: En el caso que el contribuyente declarare de buena fe con los pesos mínimos aceptables por la Dirección General de Ingresos, a continuación se le presenta como ejemplo la siguiente tabla:

TABLA DE PESOS Y PRECIOS MÍNIMOS POR EL ANIMAL, ACEPTABLE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS (PERÍODO CORTADO AL 30 DE JUNIO DE 1991). QUINTO: El presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva.

Dado en la Ciudad de Managua, a los once días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y uno.- Leonel Rodríguez López.- Ministro en Funciones.
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