Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones Legislativas A. N.
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CONVOCATORIA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y A LOS DIPUTADOS Y DIPUTADAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PARA LA ELECCIÓN DEL PROCURADOR O PROCURADORA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS

RESOLUCIÓN A. N. N•.03-2016, Aprobado el 15 de Marzo de 2016

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 54 del 17 de Marzo de 2016

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

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Que habiendo aceptado el Plenario de la Asamblea Nacional, la renuncia presentada por el Doctor Omar Cabezas Lacayo, al cargo de Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, cargo para el que fue electo por la Asamblea Nacional el 8 de abril de 2014, en la continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXX Legislatura, es necesario iniciar el procedimiento para la elección de la persona que ocupará ese cargo.
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Que es atribución de la Asamblea Nacional, elegir al Procurador o Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, conforme propuesta que presente el Presidente de la República y los Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional, en consulta con las asociaciones civiles pertinentes.
POR TANTO

En uso de las atribuciones que le otorga el artículo 138, numeral 9 inciso d), de la Constitución Política de la República de Nicaragua, los artículos 141 y 142 de la Ley N". 606, "Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua" y los artículos 1, 3, 8, 9 y 11 de la Ley 212, "Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos".
RESUELVE:

PRIMERO: Convocar al Señor Presidente de la República de Nicaragua y a los Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional, para que, en consulta con las asociaciones civiles pertinentes, presenten propuestas de candidata o candidato para la elección del Procurador o Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, dentro de los plazos y cumpliendo los requisitos que establece la Constitución Política, la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y Ley N°. 212 Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.

SEGUNDO: Las propuestas de candidatos o candidatas deberán ser presentadas dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de la presente resolución, en la Primer Secretaria de la Asamblea Nacional, acompañándose los documentos de calificación para el ejercicio del cargo de Procurador o Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, los cuales inmediatamente se remitirán a la Dirección General de Asuntos Legislativos, como Secretaría Legislativa de la Comisión Especial de carácter Constitucional.

TERCERO: La presente Resolución de Convocatoria se publicará en un medio de comunicación social de circulación nacional, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, en el edificio Mártires del 22 de enero de 1967, a los quince días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. Ing. René Núñez Téllez, Presidente Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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