Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN ESFUERZO CAMPESINO DE ISIQUÍ)

DECRETO A.N. N°. 2666, aprobado el 05 de septiembre de 2000

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 200 del 23 de octubre de 2000

Decreto A.N. N°. 2666

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo de nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN ESFUERZO CAMPESINO DE ISIQUÍ sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la comarca Isiquí, jurisdicción del municipio de Estelí, Departamento de Estelí.

Arto. 2. La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3. La Asociación esfuerzo campesino de Isiquí, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los cinco días del mes de Septiembre del dos mil. – IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. – PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto, publíquese y ejecútese. Managua diecisiete de Octubre del año dos mil ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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