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DECRETO LEJISLATIVO DE 2 DE SETIEMBRE DE 1839, ELEVANDO AL RANGO DE CIUDADES A CHINANDEGA I MASAYA, I AL DE VILLA AL PUEBLO DEL VIEJO
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 02 de septiembre de 1839
Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro Tercero. Jesús de la Rocha, 1873, el 01 de enero de 1864
Se concede el título de ciudad a las villas de Santana de Chinandega i San Fernando de Masaya; i el de Villa al pueblo del Viejo.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.