Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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SE AUTORIZA AL GOBIERNO PARA SUPRIMIR, SUSPENDER Ó ANEXAR CIERTOS EMPLEOS

DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 31 de Mayo de 1898

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 525 del 4 de Junio de 1989

LA ASAMBLEA NACIONAL LEGISLATIVA

DECRETA:

Art. 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que suprima, suspenda ó anexe en todos los ramos de la Administración pública, aquellos empleos que no sean absolutamente indispensables á la buena marcha administrativa.

Art. 2°.- El presente decreto regirá desde su publicación.

Dado en el Salón de Sesiones – Managua, 31 de Mayo de 1898 – G. ABAUNZA, D. P. – L. RAMÍREZ M., D. S. – GABRIEL RIVAS, D. S.

Por tanto: Ejecútese – Managua, 1º de Junio de 1898 – J. S. ZELAYA – El Ministro de Hacienda – ENRIQUE C. LÓPEZ.
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