Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Administrativa
Categoría normativa: Leyes
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CRÉANSE JUZGADOS DEL TRABAJO EN LEÓN, CHINANDEGA, MATAGALPA Y DIRIAMBA

LEY N°. 53, aprobada el 22 de octubre de 1975

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 276 del 04 de diciembre de 1975

El Presidente de la República,

A sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto N°. 53

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1°.- Créase un Juzgado del Trabajo en casa uno de los siguientes Municipios: León, Departamento de León; Chinandega, Departamento de Chinandega; Matagalpa, Departamento de Matagalpa y Diriamba, Departamento de Carazo.

Artículo 2°.- La presente Ley rige desde su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial; pero la organización y funcionamiento de los nuevos Juzgados no tendrán efecto mientras no se provea la partida correspondiente en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., ocho de Octubre de mil novecientos setenta y cinco. Cornelio H. Hueck, Presidente. Ulises Fonseca Talavera, Secretario. René Sandino Arguello, Secretario.

Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado de Managua, D. N., Octubre veintidós de mil novecientos setenta y cinco. Pablo Rener, Presidente. Ramiro Granera Padilla, Secretario. Carlos José Solórzano R., Secretario.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, veinticuatro de Octubre de mil novecientos setenta y cinco. A. SOMOZA, Presidente de la República. Adolfo Muñiz Otero, Vice-Ministro de la Gobernación, Encargado del Despacho.
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