Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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AUTORÍZASE IMPRESIÓN DE SELLOS POSTALES DENOMINADA “OLIMPIADAS DE MÉXICO – 1968”

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 78, aprobado el 31 de agosto de 1967

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 219 del 27 de septiembre de 1967

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de sus facultades,

Considerando:

Que los próximos juegos Olímpicos Mundiales se realizarán en el año de 1968 en la ciudad de México, los cuales constituyen un evento deportivo extraordinario;

Considerando:

Que en los Juegos Olímpicos se ponen de manifiesto ideales de convivencia sin distingos de razas, ideas políticas o credos religiosos;

Acuerda:

Artículo 1.- Autorizar la impresión de una emisión de sellos postales para el servicio aéreo internacional, denominada “Olimpiadas de México – 1968” en cantidad de Setecientos Cincuenta y Cinco Mil sellos (755,000) y Diez Mil Hojas Miniaturas (10,000) con valor fiscal de Trescientos Noventa y Dos Mil Quinientos Córdobas Netos (C$ 392,500.00) y Cuarenta y Dos Mil Quinientos Córdobas Netos (C$ 42,500.00) respectivamente, y total de Cuatrocientos Treinta y Cinco Mil Córdobas Netos (C$ 435,000.00).

Artículo 2.- Esta emisión constará de las siguientes cantidades y valores:

200,000 sellos de 10 centavos C$ 20,000.00
150,000 “ “ 15 “ C$ 22,500.00
150,000 “ “ 20 “ C$ 30,000.00
100,000 “ “ 35 “ C$ 35,000.00
150,000 “ “ 50 “ C$ 75,000.00
100,000 “ “ 75 “ C$ 75,000.00
75,000 “ “ 1 Córdobas C$ 75,000.00
30,000 “ “ 2 Córdobas C$ 60,000 00
755,000 C$ 392,500.00

10,000 hojas miniaturas con los sellos de 50 y 75 centavos y de 1 y 2 Córdobas con valor de C$ 4.25 c/u ....... C$ 42,500.00

Artículo 3.- Los diseños para esta emisión serán motivos de los siguientes juegos deportivos que constituyen las competencias más populares desde un punto de vista internacional y local: Basket-ball, Esgrima, Natación, Carreras, Atletismo, Levantamiento de Pesas, Boxeo y Foot-ball.

Artículo 4.- La ejecución de estos sellos serán mediante el procedimiento de Offset en varios colores, y para su impresión se promoverá la correspondiente licitación entre firmas especializadas y conforme los pormenores y detalles que en su oportunidad dará a conocer la Oficina Filatélica.

Dado en Casa Presidencial. Managua, D. N., “Año Rubén Darío”, a los treinta y un días del mes de Agosto de mil novecientos sesenta y siete. - (f) General A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) General Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C. P.
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