Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales, Municipal
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL DENOMINADO "CERRO LA CRUZ", DECLARADO POR LAS ALCALDÍA MUNICIPALES DEL PODER CIUDADANO DEL MUNICIPIO DE SÉBACO)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°.10-2020, aprobada el 10 de febrero de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 193 del 20 de octubre de 2020

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES (MARENA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 10-2020

La Ministra del Ambiente y de Los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley Nº.290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de Los Recursos Naturales, apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

El Ministerio del Ambiente y de Los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua. A través de las delegaciones territoriales podrá apoyar técnicamente a los gobiernos municipales que soliciten dicho apoyo, en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los parques Ecológicos Municipales.

III

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad del Ministerio del Ambiente y de Los Recursos Naturales (MARENA). Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Manual de Criterios Técnicos para declarar Parques Ecológicos Municipales.

IV

Que la alcaldía municipal del poder Ciudadanos de Sébaco, certifican y declaran Parque Ecológico Municipal "Cerro La Cruz" ubicado en Noreste de la ciudad de Sébaco del Departamento de Matagalpa, Bajo la ordenanza municipal N°. 1/2020, del día tres de febrero del año dos mil veinte.

V

Que el sitio denominado "Cerro La Cruz" constituye un área de gran valor ecológico por ser un recurso natural de importancia cuenta el municipio de Sébaco, esta propiedad tiene una superficie de 1.5 manzanas, la que posee 46 especie forestales, 6 especies de aves y 2 especies de mamíferos.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217 Ley General del Medio Ambiente y de Los Recursos Naturales, el artículo 24 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua.

RESUELVE:

PRIMERO: Reconocer y aprobar como Parque Ecológico Municipal denominado "Cerro La Cruz", declarado por las Alcaldía Municipales del poder Ciudadano del municipio de Sébaco, con una superficie de 1.5 manzanas. Que se encuentra ubicado en Noreste de la ciudad de Sébaco del Departamento de Matagalpa.

SEGUNDO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, a los diez días del mes de febrero del año dos mil veinte. (f) Fanny Sumaya Castillo Lara. Ministra Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales. (MARENA).
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