Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

DECRETO, ERIJIENDO CABECERA DEL DEPARTAMENTO DE CHONTALES LA VILLA DE JUIGALPA

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 06 de junio de 1877

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 26 del 23 de junio de 1877
El Presidente de la República de Nicaragua,

á sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:

Art. 1.- Erijese cabecera del departamento de Chontales, la villa de Juigalpa.

Art. 2.- Queda derogada toda lei que se oponga á la presente.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado- Managua, Junio 6 de 1877 - Federico Solórzano, S. P. - Isidro López, S. S. - J. Gregorio Cuadra, S. S.

Al Poder Ejecutivo- Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, Junio 7 de 1877 - Benjamín Guerra, D. P. - Modesto Barrios, D. S. - J. Samuel Cruz, D. V. S.

Por tanto: Ejecútese- Managua, Junio 11 de 1877 - Pedro Joaquín Chamorro - El Ministro de Gobernación - Agustín Duarte.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.