Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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NUEVO RESELLO DE TIMBRES FISCALES PARA SOBRE - TASA POSTAL

ACUERDO No. 44, Aprobado el 11 de Mayo de 1959

Publicado en La Gaceta no. 113 del 23 de Mayo de 1959

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que se ha agotado la existencia de sellos de Sobre Tasa Postal del resello autorizado por Acuerdo No. 42 de fecha veintiuno del mes recién pasado y aún falta un tiempo relativamente largo para recibir los nuevos sellos que se han dado a imprimir en el extranjero;

Que en tal virtud, y existiendo en el Almacén de Especies Fiscales una cantidad grande de Timbres Fiscales Consulares, ahora en desuso, es conveniente autorizar el empleo de los mismos para llenar la necesidad de sellos de Sobre Tasa Postal, mediante el resello apropiado a tal finalidad.
POR TANTO

ACUERDA

ÚNICO: - Se autoriza el resello de Cuatrocientos Mil (400.000) Timbres Consulares de los de la denominación de C$ 0.50 de Córdobas de color azul que están en deshuso y que servirán para empleados como sellos de Sobre Tasa Postal. C$ 0.05.

El resello se efectuará en los Talleres Nacionales bajo la vigilancia de una Comisión integrada por delegados de las Dependencias establecidas en la Ley de Especies Postales y Filatélicas, empleándose tinta fija de color rojo.

El Jefe del Almacén de Especies Fiscales entregará a dicha Comisión los Cuatrocientos Mil (400.000.) Timbres Consulares para la realización del resello y una vez efectuado éste, recibirá la especie en la cantidad que se le devuelva ya resellada, tomando nota contable de esta operación.

Los Timbres deteriorados en el proceso de impresión serán incinerados por la Comisión levantándose el Acta correspondiente de conformidad con la Ley.

Comuníquese. - Casa Presidencial, Managua, D. N., a los once días del mes de Mayo de mil novecientos cincuenta y nueve. - (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) KARL J. C. H. HUECK, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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