Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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ELÉVASE A CUIDAD EL PUEBLO DE TEUSTEPE

DECRETO LEGISLATIVO N°. 1675, aprobado el 18 de febrero de 1970

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 57 del 09 de marzo de 1970

"EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO N°. 1675

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.- Elévese a ciudad, el pueblo de Teustepe del Departamento de Boaco.

Artículo 2.- Esta ley comenzará a regir desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 18 de febrero de 1970. - Orlando Montenegro M., D. P. - César Acevedo Q., D. S. - Olga N. de Saballos, D. S.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D. N, 18 de febrero de 1970.- Cornelio H. Hüeck, S. P. - Pablo Rener, S. S. - Ernesto Chamorro Pasos, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N., diecinueve de febrero de mil novecientos setenta.- A SOMOZA, Presidente de la República. - M. Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación”.
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