Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DIRECTOR GUILLERMO JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ CONOCIDO TAMBIÉN COMO GUILLERMO JOSÉ GONZÁLEZ), DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES (SINAPRED), PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), CONVENIO DE COOPERACIÓN FINANCIERA NO REEMBOLSABLE)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 164-2020, aprobado el 09 de noviembre del 2020

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 209 del 11 de noviembre del 2020

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 164-2020

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere
la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro Director Guillermo José González González (Conocido también como Guillermo José González), del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Convenio de Cooperación Financiera No Reembolsable, por la suma de Quinientos Mil Dólares (US$500,000.00), moneda de Estados Unidos de América, autorizados por el Directorio del BCIE mediante Resolución No. DI-132/2020 de fecha 07 de noviembre del 2020, por Ayudas de Emergencias y Desastres Naturales hasta por un monto total de Un Millón de Dólares (US$ 1, 000,000.00) a favor de las Repúblicas de Nicaragua y Honduras, a razón de Quinientos Mil dólares (US$500,000.00) para cada una, para apoyar los esfuerzos que estas Repúblicas están realizando para atender a la población afectada por el paso del Huracán Eta, la cual será ejecutada por SINAPRED.

Artículo 2. La certificación de este acuerdo acreditará la representación del Ministro Director Guillermo José González González (Conocido también como Guillermo José González), del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), para la suscripción del Convenio de Cooperación Financiera No Reembolsable referido en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día nueve de noviembre del año dos mil veinte. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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