Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA APÍCOLA DE PRODUCCIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS DE SAN LUCAS, R.L. (COOPAPMEL, R.L.)]

RESOLUCIÓN N°. 002-2021-PJ-MZ-MEFCCA, aprobada el 16 de marzo de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 137 del 26 de julio de 2021

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de MADRIZ del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 050 se encuentra la Resolución N°. 002-2021-PJ-MZ-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución N°. 002-2021-PJ-MZ-MEFCCA, Madriz, ocho de Marzo del año dos mil veintiuno, las nueve de la mañana, en fecha cuatro de Marzo del año dos mil veintiuno, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA APÍCOLA DE PRODUCCIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS DE SAN LUCAS, R. L. ( COOPAPMEL, R.L) con domicilio social en el Municipio de San Lucas, departamento de Madriz. Se constituye a las una de la tarde del día veinticinco de Septiembre del año dos mil veinte. Se inicia con quince (15) asociados, cero (0) hombres, quince (15) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 1,500 (un mil quinientos córdobas netos) y un capital pagado de C$ 1,500 (un mil quinientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA APÍCOLA DE PRODUCCIÓN MUJERES EMPRENDEDORAS DE SAN LUCAS, R. L. ( COOPAPMEL, R. L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Érica Elizabet Obando Ruiz; Vicepresidente (a): Behtis Del Rosario Díaz Méndez; Secretario (a): Dominga Torrez López; Tesorero (a): Hazel Dabeyda Gutiérrez Gutiérrez; Vocal: Meyling Yessenia Méndez Pastrana. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Wilson Pablo Montoya Rodríguez, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los dieciséis días del mes de Marzo del año dos mil veintiuno. (f) Wilson Pablo Montoya Rodríguez, Delegado Departamental.
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