PROTOCOLO SOBRE PRIVILEGIOS, EXENCIONES E INMUNIDADES DE INTELSAT
(WASHINGTONG 1978)
DECRETO A.N. N°. 1761, aprobado el 1 de octubre de 1997
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 204 del 27 de octubre de 1997
DECRETO A.N. N°. 1761
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
PROTOCOLO SOBRE PRIVILEGIOS, EXENCIONES E INMUNIDADES DE INTELSAT (WASHINGTONG 1978)
Artículo 1.- Apruébase la Adhesión de Nicaragua al Protocolo sobre Privilegios, Exenciones e Inmunidades de la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélites (INTELSAT), suscrito en la Ciudad de Washington, D.C.. Estados Unidos de América, el 19 de Mayo de 1978.
Artículo 2.- El presente Decreto en conjunto con el Instrumento de Adhesión y el Texto del Convenio, entrará en vigencia a partir de su depósito en la Organización Internacional competente y de su posterior publicación por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, al primer día del mes de Octubre de mil novecientos noventa y siete.- Iván Escobar Fornos, Presidente de la Asamblea Nacional.- Carlos Guerra Gallardo, Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:
Publíquese y Ejecútese. Managua, trece de Octubre de mil novecientos noventa y siete.- Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.
Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1003, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Telecomunicaciones y Servicios Postales, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 242 del 18 de diciembre de 2019”