Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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“REFORMA DE TARIFAS PARA VEHÍCULOS”
Acuerdo No. 14, Aprobado el 24 de febrero de 1989

Publicado en La Gaceta No. 40 del 24 de febrero de 1989

El Ministerio de Finanzas, en base a facultades cenferidas en el Arto. 18 del Decreto No. 184, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 80 del 24 de Abril de 1986 (Reformas al Decreto No. 252 Reglamento a la Ley de Placas de Vehículos ).
Acuerda:

Unico: Modifícase el valor de las tarifas a pagar anualmente en la Matrícula de todo vehículo, establecido en el Arto. 4 de la Ley sobre placas, de la siguiente manera:
MEDIOS TERRESTRES:
VEHICULOS DE USO PRIVADO
VEHICULOS DE USO COMERCIAL
EQUIPOS:
VEHICULO DE USO ESTATAL

Los vehículos de Propiedad del Estado, Empresas del Area Propiedad del Estado, Entes Autónomos y cualquier lnstitución que por Leyes Especiales estuvieren exentos de impuestos, pagarán los impuestos correspondiente de acuerdo a las clasificaciones establecidas en los párrafos anteriores de este mismo artículo.
DISTINTIVOS ESPECIALES
MEDIOS ACUATICOS
INTERNACIONALES

El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación, por cualquier medio de comunicación colectivo, sin perjuicio de su publicación posterior de “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de Febrero de mil novecientos ochenta y nueve. - Silvio Vargas Guzmán, Ministro por la Ley.
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