Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL "LOS HUMEDALES DE SANTA CLARA", UBICADO EN LA COMARCA SANTA CLARA, EL MONO, CAÑA DE CASTILLA, BUENA VISTA, LA CEIBA, MUNICIPIO DE COMALAPA, DEPARTAMENTO DE CHONTALES)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 56-2020, aprobada el 28 de mayo de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 121 del 01 de julio de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 56-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua. A través de las delegaciones territoriales podrá apoyar técnicamente a los gobiernos municipales que soliciten dicho apoyo, en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los parques ecológicos municipales.

III

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad, particularmente la Dirección Especifica de Biodiversidad, del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA). Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el manual de criterios técnicos para declarar Parques ecológicos municipales.

IV

Que la alcaldía municipal del poder ciudadano en el municipio de Comalapa, departamento de Chontales; certifica y declara parque ecológico municipal "Los Humedales de Santa Clara", ubicado en la comarca Santa Clara, municipio de Comalapa, departamento de Chontales.

V

Que el sitio denominado "Los Humedales de Santa Clara", constituye un área de gran valor ecosistémico para el municipio de Comalapa; en vista que posee características bióticas necesarias para la continuidad del nicho ecológico, área de importancia ecológica para el manejo y restauración ambiental-natural, corredor biológico y sitio de descanso, alimentación y reproducción de la diversidad biológica transitoria y residente de la zona, ésta área se encuentra en estado de sucesional de generación natural.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere el artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, competencia y procedimiento del poder ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217, Ley General del medio ambiente y los Recursos Naturales y artículo 24 del Decreto 01-2007, Reglamento áreas protegidas.

RESUELVE:

PRIMERO: Reconocer y aprobar como Parque Ecológico Municipal "Los Humedales de Santa Clara", el cual cuenta con una extensión de 237.64 hectáreas, en las comarcas Santa Clara, El Mono, Caña de Castilla, Buena vista, La Ceiba, en el municipio de Comalapa, departamento de Chontales, bajo la Certificación de acta Nº4 de la sesión ordinaria celebrada el día veintitrés del mes de abril del año dos mil veinte por Consejo Municipal la Alcaldía de Comalapa, departamento de Chontales.

SEGUNDO: El parque ecológico municipal "Los Humedales de Santa Clara" se encuentran ubicada en las siguientes coordenadas geográficas:










TERCERO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil veinte. (f) Fanny Sumaya Castillo Lara. Ministra. Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. MARENA.
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