Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-
AVAL DEL ESTADO AL FIRST NATIONAL CITY BANK POR PRÉSTAMO AL INCEI

DECRETO LEGISLATIVO N°. 599, aprobado el 17 de diciembre de 1976

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 23 de 28 de enero de 1977

El Presidente de la República,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:

"Decreto No. 599

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Arto. 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo en el Ramo de Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro o de la persona en quien éste delegue, suscriba en nombre del Estado, un Contrato con el First National City Bank de la Ciudad de Nueva York, Sucursal de Managua, por el cual se prorroga por un año la garantía otorgada por el Estado sobre el préstamo de Doce Millones de Dólares (US$12.000,000.00) que el referido Banco concedió al Instituto Nacional de Comercio Exterior e Interior (INCEI), siendo las condiciones y términos, iguales a los autorizados en el Decreto Legislativo No. 62 del 17 de Noviembre de 1975, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, No. 265 del 21 de Noviembre de 1975.

Arto. 2.- La presente autorización comprende la facultad de incluir en el correspondiente Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, la cantidad necesaria para el cumplimiento de las obligaciones contraídas, en caso de incumplimiento de la Entidad deudora.

Arto. 3.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.N., nueve de Diciembre de mil novecientos setenta y seis.- (f) Cornelio H. Hüeck, Presidente.- (f) Antonio Coronado Torres, Secretario.- (f) Fernando Zelaya Rojas, Secretario.

Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado. Managua, D.N., 17 de Diciembre de 1976.-(f) Pablo Rener, Presidente.- (f) Ramiro Granera Padilla, Secretario.- (f) Miguel Gómez Argüello, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese: Dado en Casa Presidencial. Managua, D.N., a los cuatro días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta y seis.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P.".

Observación: Categoría de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1101, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 190 del 19 de octubre de 2023.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.