Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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(APRUÉBASE LA MEMORIA DEL MINISTRO DE ECONOMÍA)

RESOLUCIÓN No. 26, Aprobada el 21 de Julio de 1953

Publicada en La Gaceta No. 197 del 26 de Agosto de 1953

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

RESUELVEN:

Artículo 1.- Aprobar los actos del Poder Ejecutivo en el Ramo de Economía, contenido en la Memoria correspondiente al período comprendido entre Mayo de 1949 y Diciembre de 1951.

Artículo 2.- Esta resolución deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., Julio 21, 1953.- f) LUIS A. SOMOZA, D. P.- f) SALV. CASTILLO, D. S.- f) IG. ROMÁN P., D. S.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D. N., 29 de Julio de 1953.- f) A. ABAÚNZA E., S. P.- f) F. A. GALLARD, S. S.- f) F. DELGADILLO COLÉ, S. S.

Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, treinta y uno de Julio de mil novecientos cincuenta y tres.- f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- El Ministro de Estado en el Despacho de Economía, J. J. SÁNCHEZ R.
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